El juez Gallandat se inhibió y la cautelar de Misiones contra el DNU pasó a la Corte

Habilitó la feria judicial para resolver la presentación del Estado, con el fin de sostener las facultades del INYM como lo establece la ley de creación. Pidió un dictamen a la fiscal interna y se apoyó en ese escrito para apartarse del expediente.

A cinco días hábiles de la presentación de la provincia de Misiones contra el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023 del presidente Javier Milei, con énfasis en sostener las atribuciones del Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM), tal como lo prescribe la ley de creación del organismo, el juez federal Alejandro Marcos Gallandat Luzuriaga (de Oberá pero subrogante del Juzgado Civil y Comercial de Posadas) se inhibió de tratar el expediente y lo giró a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

PRIMERA EDICIÓN pudo acceder a la resolución del magistrado, basado en un dictamen de la fiscal interina Silvina Flavia Gutiérrez, quien opinó que no era la competencia de la primera instancia para resolver la demanda misionera. Y que existían antecedentes suficientes para girar el expediente a la Corte Suprema de Justicia.

En ese sentido, Gallandat tomó la decisión de inhibirse y, en consecuencia, no hizo lugar al pedido de suspender los efectos del DNU sobre dos cuestiones: la ley del INYM y la Ley de Sociedades que se modificó con la firma del presidente Milei.

En un primer momento, el Juzgado Federal de Posadas no había hecho lugar a la habilitación de la feria, ya que la denuncia fue radicada el 29 de diciembre, dos días antes del inicio del receso. Pero, con fecha del viernes 5 de enero, la Fiscalía de Estado de Misiones insistió con la solicitud que, finalmente, tuvo lugar por parte de Gallandat Luzuriaga.

Qué dijo la Fiscalía

La fiscal federal interina sostuvo, al tomar conocimiento de la causa, que “habida cuenta de lo expuesto (por Misiones) y de acuerdo a la naturaleza de las partes que han de intervenir en el proceso; por un lado la Provincia de Misiones a quien le concierne la competencia originaria de la Corte, de conformidad con el art. 117 de la Constitución Nacional y, por el otro, el Estado Nacional que resulta ser la demandada en el pleito –quien tiene derecho al fuero federal, según lo dispuesto en el art. 116 de la Ley Fundamental–, la única forma de conciliar ambas prerrogativas jurisdiccionales es sustanciando la acción en esa instancia originaria”, indicó.

El mismo 5 de enero, Silvina Flavia Gutiérrez resolvió: “Por consiguiente, dentro del acotado margen en que debo expedirme, soy de opinión que este proceso debe ser tramitado ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación en su instancia originaria”.

La posición de Gallandat Luzuriaga

El magistrado en feria se hizo de los fundamentos de la fiscal Gutiérrez y agregó el antecedente de la presentación de otra provincia.

“Tengo en cuenta también que, conforme ha tomado estado público, existe una acción iniciada como competencia originaria ante la propia Corte Suprema de Justicia de la Nación por la Provincia de La Rioja contra el Estado Nacional, en la cual también se solicita la inconstitucionalidad del DNU 70/2023 del PEN y, como medida cautelar, la suspensión de sus efectos en su totalidad. En esa acción, en la primera providencia dictada por nuestro Máximo Tribunal de Justicia, con fecha 29/12/2023, aceptó dar trámite a la medida cautelar disponiendo el pase a dictamen del Procurador General de la Nación para que se expida sobre la competencia originaria, con cita de 7 antecedentes de esa misma Corte en la materia”, escribió.

“Si no se revierte vamos a ponernos en posición de defensa o de lucha”

Representantes de productores y cooperativas de yerba mate estarán hoy miércoles y el jueves en el Congreso de la Nación para explicar a los legisladores el impacto del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) del presidente Javier Milei, que eliminó funciones esenciales del Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM), desregulando al sector.

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