Rovira manifestó su pleno respaldo a la Resolución 170 del INYM que pone límites a las plantaciones de yerba mate

El presidente de la Cámara de Diputados de Misiones, Carlos Rovira, se expresó en coincidencia con la “muy acertada y firme decisión del Juez José Luis Casals de declararse competente para poner orden a un atropello de la autoridad judicial de Jurisdicción de Corrientes en lo referente a un pedido de una empresa para plantar cientos de tallas de yerba”.

Esta semana, el INYM salió a defender el límite de la cantidad de plantaciones. Fue luego de que la empresa “La Cachuera” presentara una medida cautelar en contra de la resolución 170/21. La particularidad es que la empresa de Apóstoles presentó la demanda a un Juez de Paso de los Libres. Ahí es donde entra en juego el Juez misionero que pidió que se le remita el expediente por considerarse competente. Todo indica que la batalla judicial terminará en la Corte Suprema.

En el mismo sentido, Rovira elogió el “coraje y trascendencia” del presidente del INyM Juan José Szychowski “en defensa de los pequeños productores y en el camino de la lucha por un precio justo para nuestro producto madre: la yerba mate”.

Las declaraciones del Presidente del INYM fueron: “La decisión judicial afecta a la sociedad en su conjunto, porque si la Resolución no puede implementarse vamos camino a una sobreoferta de hoja verde llevando a la caída de precios y a una crisis en el sector yerbatero”.

La Resolución 170

Por medio de la Resolución 152/2021 publicada en el Boletín Oficial de la Nación, el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación (MAGyP) se confirmó la Resolución 170/2021 que había sido aprobada por el INYM el 17 de junio pasado estableciendo un mecanismo para la distribución equitativa de la nuevas plantaciones yerba mate, a partir del próximo año.

La medida dispuesta por el INYM determina que a partir de enero de 2022 todos los productores inscriptos podrán incorporar hasta 5 hectáreas de nuevas plantaciones. Además, podrán implantar anualmente hasta el 2% de las superficies de yerbales ya existentes y declarados ante el INYM, y estarán habilitados para reponer todas las plantas secas o muertas dentro de un lote ya declarado, sin alterar la densidad original de la plantación.

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