Todas las provincias deberán vacunar obligatoriamente contra la encefalomielitis equina

Así lo dispuso el Senasa en una resolución publicada en el Boletín Oficial. Abarca a todos los équidos desde los dos meses de vida.

Desde la entrada en vigencia de la Resolución 115/2024, publicada hoy en el Boletín Oficial, todas las provincias deberán vacunar obligatoriamente a sus animales contra las encefalomielitis equina en sus dos variantes (del Este y del Oeste), se informó este miércoles.

De esta manera, en el marco de la emergencia sanitariatodos los équidos que tengan al menos dos meses de vida deben tener al menos una dosis de la vacuna contra la enfermedad, según informó el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa).

La totalidad de los équidos deberán tener vigente la vacuna y, aquellos que no hubieran recibido la primera dosis de la vacunación, deberán hacerlo dentro del plazo de diez días, comunicó.

Cada equino, en el territorio argentino, deberá contar con el certificado de vacunación a fin de acreditar la vacuna, que deberá ser emitido con firma y sello de un veterinario matriculado que actúe de forma particular o a través de un ente sanitario registrado en el Senasa, dice la normativa.

El certificado tendrá que tener los datos que identifiquen al animal y de la vacuna aplicada.

Refuerzo

Con respecto a las condiciones de inoculación, en los primovacunados se deberá implementar un refuerzo en los plazos estipulados, según prescripción del laboratorio elaborador. Una vez completado el esquema de primovacunación y refuerzo, la revacunación se efectúa de forma anual.

El Senasa explicó esta nueva medida tiene como objetivo evitar los efectos negativos del virus, preservando el bienestar animal y minimizando las pérdidas productivas para el sector.

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